marzo 3, 2026
Asesinatos de mujeres trans siguen sin investigarse como feminicidio en Colombia

Un estudio advierte que la forma en que se registra a mujeres trans puede hacer que sus asesinatos se investiguen como homicidios y no feminicidios.
En Colombia, la manera en que una mujer trans es identificada en los primeros documentos judiciales puede definir si su asesinato se investiga como feminicidio o como homicidio común. Así lo advierte una investigación doctoral en Derecho que analiza cómo el sistema penal aborda estos casos.
El estudio, realizado por Laurie Nicolle Cely Céspedes, doctora en Derecho de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL), concluye que el problema no radica en la falta de normas, sino en la forma en que se interpretan y aplican durante el proceso judicial.
Aunque la Ley 1761 de 2015 y la Sentencia C-297 de 2016 de la Corte Constitucional reconocen que el feminicidio también puede configurarse cuando la víctima es una mujer trans, en la práctica persisten barreras para que estos crímenes sean investigados bajo esa figura penal.
“En la práctica lo que se valora no es la vida de la mujer trans sino el trámite: si en los registros aparece como hombre, el juez dice que no sabe cómo hacerlo y termina emitiendo una sentencia por homicidio. No se valora la vida, se valora el registro”, indicó la investigadora.
El análisis señala que, cuando los dictámenes forenses priorizan criterios biológicos sobre la identidad de género, la investigación deja de considerar a la víctima como mujer desde el inicio. Este escenario, según la autora, se evidenció incluso en el único caso reconocido en Colombia como feminicidio de una mujer trans.
Para sustentar sus hallazgos, la investigadora entrevistó a más de diez jueces y operadores judiciales, quienes reconocieron dificultades para aplicar criterios unificados en este tipo de procesos.
Uno de los entrevistados afirmó que “para nosotros es muy difícil tener unidad de criterio frente al tema, y no tenemos la capacitación académica como en universidades o posgrados, en donde estos casos se pueden debatir o conocer en profundidad”.
El estudio también advierte que la exigencia de probar motivaciones de género y antecedentes de violencia puede convertirse en una barrera, lo que lleva a que muchos casos terminen recalificados como homicidios para evitar incertidumbre jurídica.
Como alternativa, la investigación propone incorporar la identidad jurídica trans como un elemento probatorio dentro del proceso penal, permitiendo valorar los hechos a partir de la forma en que vivía y era reconocida la víctima.
“La identidad jurídica trans es una herramienta para que el juez pueda interpretar los hechos, valorar el cuerpo y decir: esto se investigará como feminicidio. Lo que se debe hacer es nombrar la identidad jurídica de la mujer trans y ponerla a operar dentro del proceso penal, para que, a partir de la valoración de los hechos y de los medios probatorios, se pueda reconocer incluso cuando en los registros civiles no existan cambios formales”, añadió la investigadora.
El debate cobra relevancia en medio de las discusiones sobre la Ley Integral Trans en Colombia, que busca establecer criterios más claros para el reconocimiento y protección de las personas trans dentro del sistema de justicia.
FUENTE: https://elolfato.com/












