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septiembre 21, 2022

LA SEGURIDAD HUMANA EN LA PAZ TOTAL


La seguridad humana en la paz total

  • Notas para la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y para el Plan de desarrollo 2022 – 2026 –

Camilo González Posso

Presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz – Indepaz

Comisionado civil en la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad

Bogotá D.C. septiembre de 2022

“Eso de la seguridad humana es todo y es nada” le escuchamos decir a un destacado académico que ha sido profesor en la Escuela Superior de Guerra y en la Universidad Nacional.  Estábamos en una conversación regida por la confidencialidad, de esas que tienen como regla poder citar lo que se dice pero sin el nombre del autor. “Esas conceptualizaciones que abarcan tanto son difíciles de convertir en políticas específicas y en orientaciones concretas”, sentenció el profesor para concluir su breve exposición que tiene el mérito de subrayar la dificultad de volver operativos nuevos conceptos y la necesidad de producir una ruptura en los enfoques tradicionales de seguridad nacional y de respuesta a múltiples amenazas criminales.

Días antes, en la conmemoración del día de los derechos humanos organizada por la Universidad del Rosario con el Ministerio de Seguridad y Defensa, ante un auditorio pleno de policías y militares, una coronel abordó el tema con mucha seriedad sustentando que las elaboraciones sobre seguridad multidimensional permiten incorporar las definiciones de la seguridad humana que han sido adoptadas en varios escenarios de las Naciones Unidas. La coronel, como se dice en las fuerzas, compartió una importante reflexión que se está haciendo entre la alta oficialidad con la intensión de incorporar en la doctrina y en la política la orientación central que en esta materia ha dado el gobierno de Gustavo Petro. Para ella se trata de ubicar la seguridad humana y la seguridad nacional como componentes de la seguridad multidimensional y de asumir las dimensiones de la seguridad humana en las políticas de seguridad, defensa y convivencia.

También se ha puesto al orden del día incorporar la seguridad humana en la elaboración del plan nacional de desarrollo. El Departamento Nacional de Planeación – DNP – ha dado algunas pistas en el esquema que divulgó en ocasión de los cincuenta diálogos regionales vinculantes. No se ha dicho mucho, pero en los titulares se hace referencia expresa a la seguridad de las personas, los territorios y la nación. En el componente 3 del esquema del PND, bajo el título de seguridad humana y justicia social, se incluye la “Concepción integral de Seguridad: física, social, tragedias naturales, empleo. Riesgo= Amenaza x Vulnerabilidad”. (DNP, 2022)

No podía faltar la seguridad humana en la Ley de Paz “Por medio del cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, se define la política de paz de Estado, y se dictan otras disposiciones”. En la exposición de motivos se incluye un apartado que recuerda en extenso los enunciados de las Naciones Unidas y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y en el articulado se establece que,

El Estado garantizará la seguridad humana para la construcción de la paz total. Para ello, promoverá respuestas centradas en las personas y las comunidades, de carácter exhaustivo y adaptadas a cada contexto, orientadas a la prevención, y que refuercen la protección de todas las personas y todas las comunidades. Asimismo, reconocerá la interrelación de la paz, el desarrollo y los derechos humanos en el enfoque de seguridad humana. Artículo 2 (Congreso, 2022)

Es la única mención a la seguridad humana que hace el articulado de este proyecto de ley orientándola a la construcción de la paz total con respuestas centradas en la protección de las comunidades y las personas.

Queda en el aire la pregunta sobre el cambio que puede significar reorientar las políticas públicas en esa triada que forman la paz total, la vigencia de los derechos humanos y la seguridad humana. No es poca cosa cuando además del plan de desarrollo tienen carácter de urgencia otras iniciativas legislativas, de diálogos y la formulación de política que debe presentar la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, tal como lo ordena la ley 154 de 2017 y lo ha requerido la Jurisdicción Especial para la Paz.

¿Qué es lo nuevo de un enfoque de seguridad humana?

Leyendo todas las citas que trae la exposición de motivos de la Ley de Paz (L.418 actualizada), se puede concluir que abordar la seguridad desde las definiciones de seguridad humana significa tomar la garantía de la libertad y empoderamiento de las personas, comunidades y colectivos civiles como base para la vigencia de los derechos humanos y en particular los derechos a la integridad física, de los bienes particulares y de utilidad pública.

Como lo recuerda el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH, 2012), esta concepción integra tres libertades:

  • libertad del miedo – proteger a las personas de las amenazas directas a su seguridad e integridad física,
  • libertad de la necesidad – protección de las personas para que puedan satisfacer sus necesidades básicas, su sustento y los aspectos económicos, sociales y ambientales relacionados con su vida – 
  • libertad para vivir con dignidad – protección y empoderamiento de las personas para librarse de la violencia, la discriminación y la exclusión -.

En el centro de la libertad esta la protección de la vida frente a las agresiones, a las amenazas críticas y a la superación de la necesidad que somete a las personas a la zozobra de la pobreza y la carencia de ingresos para la subsistencia.

Es desde estas libertades que las Naciones Unidas han destacado las siete dimensiones cruciales de la seguridad humana, todas referidas a amenazas por existencia de necesidades extremas: económicas, alimentarias, en salud, ambientales, personales, comunitarias y políticas. Desde otra perspectiva, cada dimensión se refiere a formas de calamidad social, ambiental, por violencia, discriminación, exclusión y graves violaciones a los derechos humanos.

El reto en las políticas públicas internas es entonces el cambio desde un enfoque de seguridad del Estado, de las instituciones y de las inversiones, a un enfoque de seguridad de las condiciones de vida, de las poblaciones humanas en los territorios y colectividades. Por lo demás, se entiende que la seguridad de la vida la incluye en su diversidad en los ecosistemas socioambientales. Es también en función de la seguridad humana que se ubica la defensa de la soberanía nacional y las acciones de prevención y respuesta ante amenazas de orden internacional. Como ha señalado el IIDH la seguridad humana y la seguridad nacional no se excluyen, sino que por el contrario se complementan.

Una de las dimensiones de la seguridad humana, la que se llama seguridad personal, es la protección ante amenazas de la criminalidad que se expresan en la violencia física, los delitos contra la propiedad, la violencia sexual, doméstica, contra la infancia, contra personas, familias, etnias y otras comunidades.

Con frecuencia la seguridad se limita a enfrentar el crimen y el delito que afecta a las personas. Por ello hay que advertir que la seguridad reducida a la prevención, protección, contención y castigo a las múltiples formas del crimen se distancia de la seguridad humana no solo por la exclusión de dimensiones sino por la fragmentación de los problemas que intenta resolver y la dificultad para la integralidad y simultaneidad de las estrategias que se necesitan implementar.  

La seguridad humana no es la sumatoria de temas de derechos humanos, ni una lista de temas a considerar. Sobre todo, define sus objetivos en esa triple libertad – del miedo, de la necesidad y por la dignidad – que acompaña el empoderamiento de sujetos sociales.

Es probable que según la situación concreta a abordar en un país o en una región, una de las dimensiones de la seguridad humana sea la articuladora de las demás, pero por regla general son las dimensiones sociales, económicas y políticas las que ordenan la acción de conjunto y dan sentido, lugar, tiempo y modo a las intervenciones de la justica y de la fuerza pública policial o militar. Y en todo caso se necesita la interdependencia, interrelación, simultaneidad de las acciones desde el Estado, institucionales, interinstitucionales y con participación social.

Sin empoderamiento desde abajo no hay seguridad humana

Como lo señalan el Instituto Interamericano de Derechos Humanos y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la protección desde arriba y el empoderamiento desde abajo son las estrategias fundamentales de la seguridad humana.

El empoderamiento hace énfasis en preparar y desarrollar capacidades para que las personas y las comunidades puedan anticipar las posibles amenazas y así, puedan evitarlas o resistirlas, y sobreponerse en el caso de que sean inevitables. (…).

El empoderamiento va de la mano de la apropiación de los proyectos y políticas por parte de las personas y comunidades involucradas. La participación de éstas, tanto en el diseño como en la ejecución de la política o proyecto con enfoque de seguridad humana, es un aspecto vital, no sólo un requisito; es el corazón de la metodología, pues la seguridad humana tiene que ver con las realidades de las personas, sus valores, sentires, percepciones, ciclo vital, etc. IIDH -PNUD, 2012).[1]

El empoderamiento se predica en todas las dimensiones de la seguridad humana como aumento progresivo de la capacidad de las personas, organizaciones y comunidades para responder a las amenazas y riesgos a las condiciones de vida y a las diversas formas de violencia y de conflictividades con daño.

En las condiciones de Colombia el empoderamiento como componente y estrategia de la seguridad humana se construye teniendo en cuenta la persistencia de conflictos armados y dinámicas de violencia sociopolítica. Ese empoderamiento frente a la violencia de grupos armados organizados y a las graves violaciones a los derechos humanos incluye diversas formas de aumento de capacidades de los liderazgos y poderes sociales y comunitarios en los territorios y poblaciones en conflicto.

Seguridad multidimensional redefinida

El concepto de seguridad multidimensional ha sido acogido por los gobiernos del continente e incorporado en las políticas de seguridad y defensa desde la declaración de la OEA en Bridgetwn en 2002 y la Declaración de Seguridad de las Américas (OEA, 2003).

La seguridad multidimensional fue formulada inicialmente como un enfoque para la seguridad de los Estados y la seguridad hemisférica. Como dice la declaración de 2003,

Nuestra nueva concepción de la seguridad en el Hemisferio es de alcance multidimensional, incluye las amenazas tradicionales y las nuevas amenazas, preocupaciones y otros desafíos a la seguridad de los Estados del Hemisferio, incorpora las prioridades de cada Estado, contribuye a la consolidación de la paz, al desarrollo integral y a la justicia social, y se basa en valores democráticos, el respeto, la promoción y defensa de los derechos humanos, la solidaridad, la cooperación y el respeto a la soberanía nacional. (OEA, 2003, pág. 2, Art.2).

Como señala la declaración de seguridad de las Américas en su artículo 4,  

La seguridad de los Estados del Hemisferio se ve afectada, en diferente forma, por amenazas tradicionales y por las siguientes nuevas amenazas, preocupaciones y otros desafíos de naturaleza diversa: · el terrorismo, la delincuencia organizada transnacional, el problema mundial de las drogas, la corrupción, el lavado de activos, el tráfico ilícito de armas y las conexiones entre ellos; · la pobreza extrema y la exclusión social de amplios sectores de la población, que también afectan la estabilidad y la democracia. La pobreza extrema erosiona la cohesión social y vulnera la seguridad de los Estados; · los desastres naturales y los de origen humano, el VIH/SIDA y otras enfermedades, otros riesgos a la salud y el deterioro del medio ambiente; · la trata de personas; · los ataques a la seguridad cibernética; · la posibilidad de que surja un daño en el caso de un accidente o incidente durante el transporte marítimo de materiales potencialmente peligrosos, incluidos el petróleo, material radioactivo y desechos tóxicos; y · la posibilidad del acceso, posesión y uso de armas de destrucción en masa y sus medios vectores por terroristas. (OEA, 2003.Art. 4, numeral m).

La incorporación de las orientaciones de seguridad hemisférica a las formulaciones de seguridad nacional ha llevado con frecuencia a ver los problemas de cada país como expresiones de las amenazas internacionales y a dirigir las políticas a la seguridad del Estado. En Colombia las políticas de seguridad y defensa se orientaron hacia la lucha contra el terrorismo, el narcoterrorismo y sus conexiones con la criminalidad organizada trasnacional, siguiendo las prioridades de las redefiniciones sobre seguridad post guerra fría y post atentado en las Torres Gemelas en septiembre de 2001. Desde esta perspectiva los conflictos internos siguen siendo leídos como manifestaciones de la amenaza a la seguridad continental y la seguridad de la gente se considera una consecuencia de la seguridad del Estado, indisolublemente ligada a la seguridad de los poderes económicos y políticos, a la prioridad de la seguridad inversionista sobre la seguridad humana.

La definición inicial de seguridad multidimensional se refiere a la multiplicidad de las nuevas amenazas y a la diversidad de medios para afrontarlas. El enfoque de multidimensionalidad puede aplicarse a todos los problemas complejos en la sociedad y entre ellos a los de seguridad. Pero en la política definida en la OEA no se trata de un asunto metodológico abstracto sino de la multidimensionalidad de la seguridad continental y del alineamiento de la seguridad de los Estados a sus preceptos, prioridades y mecanismos. En ese alineamiento, dice la declaración, cada Estado actúa autónomamente, conservando siempre los objetivos comunes de seguridad hemisférica.

Desde el punto de vista metodológico también puede decirse que la seguridad humana es multidimensional pero se distingue de la seguridad de los Estados en que su objetivo es la seguridad de las personas y, puede decirse, la seguridad para la vida digna.

En una política nacional de seguridad y defensa muchas de las nuevas amenazas que señalan las declaraciones de seguridad multidimensional de 2002 y 2003 deben ser evaluadas, caracterizadas en las condiciones locales y en sus interrelaciones con dinámicas internacionales. En todo caso no deben subsumirse las amenazas y estrategias a la lucha antiterrorista y antinarcoterrorista negando las problemáticas internas y la situación de transición con persistencia de conflictos armados internos. Esa política a su vez, lo mismo que la política criminal, debe ser armonizadas con la política pública de protección a los defensores de derechos humanos y a la construcción de paz.

Un ejemplo reciente ilustra la aplicación local de una estrategia de seguridad del Estado que deja de lado la seguridad humana. Las políticas de consolidación territorial y las concepciones de seguridad territorial se alinearon cuando el Plan Colombia con el enfoque de seguridad multidimensional hemisférica y la doctrina de acción integral. Incluyeron además el enfoque de seguridad territorial que implicó en las zonas críticas de violencia armada dar prioridad a los objetivos de control militar, de guerra a las drogas, al terrorismo, y poner la ocupación del territorio en función de grandes proyectos de inversión.

En este enfoque la población y sus economías, especialmente las de pequeños productores campesinos y étnicos, no son el centro de las estrategias de seguridad. En los territorios cocaleros y de circuitos del narcotráfico, el empoderamiento de la población y la transformación de sus economías aparecen subordinados a los objetivos de control territorial y de condiciones de infraestructura y dotaciones para las grandes inversiones.

El resultado de estos planes de consolidación y acción integral ha sido valorado entre sus gestores por el impacto “antiterrorista” y de seguridad para el Estado, pero no hay logros notables en seguridad humana, bienestar y no violencia para la población.

La seguridad humana en la política pública de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad

Durante cinco años, desde la creación de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad en febrero de 2017, se ha debatido sobre la necesidad de cambiar el enfoque de seguridad nacional para responder a las conflictividades internas y colocar en el centro la seguridad humana. A esa comisión el decreto ley 154/2017 (Presidencia, 2017), le estableció como objetivo

el diseño y seguimiento de la política pública y criminal en materia de desmantelamiento de las organizaciones o conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atenten contra defensores/as derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación los Acuerdos y construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo. La Comisión también armonizará dichas políticas para garantizar su ejecución. (Art. 1).

El objetivo clave de la política pública y criminal formulada por la CNGS es la protección de la vida de las personas y organizaciones que defienden los derechos humanos, la construcción de la paz y la implementación de los acuerdos firmados por el Estado. Este propósito abarca a los líderes/as sociales y políticos, a sus movimientos. El centro del mandato legal es la protección de las personas y la garantía de sus derechos frente a los atentados de organizaciones y conductas criminales incluido el paramilitarismo. El desmantelamiento de estas organizaciones y conductas se obliga para la seguridad humana.

En la actual situación de Colombia esta política de garantías de seguridad debe responder a la persistencia de graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario en función de la paz que se ha denominado completa, grande o total para indicar que busca superar definitivamente el ciclo de guerras y conflictos armados que se comenzó a cerrar con el acuerdo de paz firmado en noviembre de 2016 entre el Estado y las Farc -EP.

Para las garantías de seguridad de los constructores de paz y personas defensoras de los derechos humanos el decreto ley se enfoca al desmantelamiento de conductas y organizaciones que atentan contra ellas. Ese desmantelamiento significa su desaparición, desmonte, desarme, en todos sus componentes y redes armonizando la política pública y la criminal.

Desde el enfoque de seguridad humana el desmantelamiento de conductas y organizaciones que atentan contra la paz es en consecuencia multidimensional en sus campos de acción, estrategias y responsabilidades.

Desmantelar conductas contra la paz

Hoy en Colombia, como parte de la paz grande y total, desmantelar conductas que atentan contra la vida y la paz exige aislar la justificación del homicidio y la violencia armada en las luchas por riquezas o poderes, buscar la superación de los discursos del odio, desmontar toda practica privada de financiación de grupos armados, la complicidad y connivencia con agentes del Estado contra la vida y las condiciones de existencia de los constructores de paz y defensores de derechos humanos.

Se trata de desmantelar conductas que utilizan la violencia directa, la estigmatización y la corrupción para obstaculizar la implementación de los acuerdos de paz; desmontar las prácticas y patrones que reproducen e intentan legalizar el despojo de tierra y patrimonio, el lavado de activos; las que acuden al sicariato y al terror contra líderes/as y comunidades, que sirven a determinadores intelectuales que se benefician de todo el repertorio del terror. En general se trata de desmantelar conductas que promueven la guerra, la persistencia de conflictos armados y de amenazas y atentados contra la población civil, sus bienes y organizaciones.

Desmantelar conductas en contra de la paz es ante todo promover el empoderamiento de los líderes, defensores de derechos, constructores de paz, mediante el fortalecimiento de sus organizaciones, guardias comunitarias, campesinas, étnicas y otras formas de autoprotección colectiva y control pacífico de sus territorios; con el fortalecimiento cultural, de las expresiones artísticas, de resistencia, reivindicación y participación en ejercicio del derecho a la paz y de los derechos a la memoria, verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

Como ha señalado Sisma – mujer, hay que destacar las siguientes conductas a desmantelar “ataques misóginos, acoso sexual, señalamientos, calumnia y estigmatización, violencia simbólica que busca dañar la reputación de las defensoras, amenazas contra sus hijas e hijos, atentados, uso de lenguaje humillante en las amenazas que vulnera la integridad sexual de las defensoras, agresiones que lesionan referentes simbólicos de la identidad e integridad femenina” (Sisma, 2022).

Agregan las plataformas de mujeres en la CNGS que desde la perspectiva feminista las organizaciones de mujeres han avanzado en una noción de desmantelamiento que tiene en cuenta

“El desmantelamiento [como] la destrucción, erradicación y exterminio puro, duro, total y definitivo, del accionar del fenómeno criminal (estructuras y conductas) y sus redes de apoyo, que han operado por décadas bajo la complicidad de un sistema patriarcal, económico y militar, devorador y opresor de los cuerpos y vidas de las mujeres y las niñas. Para el desmantelamiento definitivo, desde el feminismo, se hace necesario identificar las causas estructurales, las raíces de las fuentes de su alimento, para así atacarlas, removiendo estructuras de poder hegemónicas, establecidas de manera histórica, política, económica, social y cultural”. (CNGS, 2021)

También las organizaciones étnicas – indígenas, afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras han destacado su enfoque sobre las conductas y organizaciones a desmantelar. Las mayores amenazas las han señalado en el desconocimiento a los derechos territoriales, culturales, de identidad, autonomía, economía propia y jurisdicción especial. La estigmatización, la racialización, la discriminación y la explotación son motores de la violencia contra los pueblos, sus autoridades y liderazgos, con especial abuso en contra de las mujeres, las niñas, niños y adolescentes.

La Instancia Especial de alto Nivel de los Pueblos Étnicos para la implementación del acuerdo de paz ha reclamado que,

se debe garantizar el derecho fundamental a la consulta previa en todos y cada uno de los procesos y procedimientos administrativos y legislativos que tengan incidencia e impacto directo en todo cuanto componga la esencia física y espiritual de los Pueblos y Comunidades Étnicas. Tal es el caso del Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios, que aún en la actualidad, y luego de lo pactado en el Acuerdo Final, no está consolidado diferencialmente. (IEANPE, 2021, pag. 110).

Desmantelar organizaciones que atentan contra la vida y la paz

En la situación actual de Colombia las organizaciones que atentan contra la construcción de paz, implementación de los acuerdos, contra comunidades y el liderazgo social son todas las que en el proyecto de ley sobre política de paz del Estado se denominan como Grupos Armados Organizados y sus redes de apoyo.

Además, se trata de desmontar todas las estructuras y redes que conforman la múltiple alianza del paramilitarismo y los complejos macrocriminales que actúan sistemáticamente contra la garantía de seguridad humana y la paz. El complejo del paramilitarismo no se reduce a sus componentes armados en tanto su reproducción depende de los anillos económicos, políticos, mafiosos, narcotraficantes, de agentes del estado que se articulan en un gran aparato criminal de poder. Los de “atrás”, los mayores beneficiarios son los determinadores intelectuales y los que garantizan el lavado y la circulación del capital, de las armas e insumos en todas las cadenas de valor y de poder.

Para los propósitos de la paz grande y total es imperativa la desaparición de esas estructuras en sus diversas modalidades, llámense unas rebeldes o insurgentes,   otras herederas del paramilitarismo y mafias, y otras aparatos organizados de poder articulados por poderes económicos, políticos e institucionales que se amparan en la legalidad, en la corrupción y en la captura de entidades del Estado.

Las rebeldes o insurgentes por su origen, objetivos y prácticas tienen autojustificaciones políticas y se supone que no se orientan al lucro, la riqueza o la sobrevivencia de sus integrantes. Su dinámica dice orientarse a los cambios sociales y de poder para un beneficio general y en especial de las personas y comunidades más vulneradas, empobrecidas y privadas de la libertad y de la oportunidad del buen vivir.

Pero en Colombia, en la larga historia de algunos grupos insurgentes, esas organizaciones se han convertido en una forma de vida y se han acomodado en cierta medida a la simple reproducción basada en violentar comunidades y personas sobre la base del terror, la muerte a discreción y el ejercicio de poderes dictatoriales armados en subregiones del país. La pretensión de resistencia armada popular se ha mostrado en realidad como otro de los obstáculos para el empoderamiento autónomo de comunidades y organizaciones sociales y para el logro de sus reivindicaciones. Como ha señalado la Comisión de la Verdad,

Sin duda, se trata de un problema estructural, que puede sintetizarse en la siguiente formulación final: en Colombia pasamos de una lucha por la tierra y por la apertura del sistema político en los años sesenta y setenta, a una disputa territorial por las economías de la guerra en condiciones de una permanente crisis de representación del orden político. (CEV, 2022).

Según la Comisión de la Verdad la constante de los grupos insurgentes ha sido la imposición de ordenes violentos “basados en la coacción por las armas y el autoritarismo”, cerrando el espacio para “alternativas civiles en un contexto de agudización de la guerra y de sus secuelas posteriores”, atacando expresiones políticas que apostaban a “abrir un espacio para la democracia y la paz”. (CEV, 2022).

En la maraña de grupos, redes, actores, cómplices y determinadores abundan las estructuras mixtas – hibridas según la moda: narcoparas, paranarcos, parapolíticos, narcorebeldes, rebeldenarcos, todos entrelazados con mafias, carteles, empresarios corruptos, lavadores de activos, agentes del estado socios y cómplices a todo nivel, incluidos en los poderes del Estado y en la fuerza pública.

Las redes de los complejos macrocriminales y de los grupos insurgentes incluyen grupos sociales y personas civiles que los apoyan por conveniencia de sobrevivencia, por intereses y afinidades; también por subordinación forzada y por los circuitos del miedo. No son simples aparatos amarrados por las armas ni aislados de las poblaciones a las cuales someten. En el caso de los rebeldes los círculos de influencia social continúan combinando el idealismo del origen y el rentismo de las economías de guerra o de reproducción de las estructuras y sus redes de apoyo.

La diversidad y complejidad de las conductas y organizaciones que son contrarias a la paz y que amenazan la paz total, la implementación de los acuerdos de paz y la defensa de los derechos humanos, obliga al diseño de estrategias diferenciadas para lograr el objetivo del desmonte y superación de conflictos armados.

La estrategia más general desde la seguridad humana y la paz total  tiene por objetivo ganar al conjunto de la población al propósito nacional de paz que se materialice en los cambios urgentes; esa estrategia exige que el acuerdo nacional se concrete en transformaciones democráticas, de justicia social y ambiental. Al servicio de ese proceso transformador se han puesto los diálogos regionales vinculantes y la agenda de cambios.

Entrelazado con la construcción de paz y como uno de sus pilares fundamentales se encuentra la implementación de los acuerdos de paz y en tercer lugar se ubican los diálogos para buscar acuerdos de desmonte de grupos armados organizados en sus diversas modalidades.

Desde el punto de vista del Estado y del gobierno todo lo anterior se completa con la acción permanente de la fuerza pública, de la justicia y de la autoridad del Estado para combatir la criminalidad, y a toda acción violenta en contra de los defensores de derechos humanos y de la paz. La multimodalidad de esta acción se entiende sometida a los mandatos constitucionales y al respeto y protección irrestricta a los derechos humanos y demás normas del Estado Social de Derecho.

Las garantías de seguridad y el plan de desarrollo

La política pública y el plan de acción que debe formular la CNGS debe incorporarse en la ley del plan de desarrollo 2022 -2026 y en los lineamientos que forman parte de ella y sirven para orientar la acción de las autoridades gubernamentales. Pero además tienen un carácter de Estado y obligan en particular a las entidades que forman parte de la CNGS tanto de gobierno como a la Fiscalía General de la Nación, Procuraduría y Defensoría del Pueblo.

El decreto ley 154 de 2017 que creó la CNGS le definió 16 funciones que debe cumplir de manera integral en coordinación con otras entidades y con la participación de las organizaciones de la sociedad civil desde lo local, regional a lo nacional. Después de cinco años de vigencia de la CNGS es imperativo que se ponga en marcha con la formulación de la política pública, el seguimiento, coordinación, armonización y orientación para cumplir el cometido de proteger la vida y la paz.

Referencias bibliográficas

Comisión de la Verdad, 2022. Hallazgos y recomendaciones. Consultado en

CNGS, 2021. informe presentado por sociedad civil de la CNGS en abril de 2021 a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Presidencia de la República, 2017. Decreto ley 164/2017 mediante el cual se crea la

Comisión Nacional de Garantías de Seguridad. Bogotá. Consultado en https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=79067

DNP, 2022. Principales apuestas del plan nacional de desarrollo. Bogotá D.C.

IIDH -PNUD, 2012. Guía metodológica para la aplicación del enfoque de seguridad humana en América Latina, IIDH – PNUD, San José de Costa Rica. Consultado en

OEA, 2002. Declaración de Bridgetown:  enfoque multidimensional de la seguridad hemisférica.Consultado en http://www.oas.org/juridico/spanish/ag02/agdec_27.htm

OEA, 2003. Declaración sobre seguridad en las américas. Consultado en https://www.oas.org/36ag/espanol/doc_referencia/DeclaracionMexico_Seguridad.pdf

Sisma, 2022. Corporación Sisma Mujer. patrones de violencia sociopolítica de género contra lideresas y defensoras de derechos humanos en Colombia: claves conceptuales y metodológicas 2016 – 2020, pp 17, mayo de 2022, disponible en  https://www.sismamujer.org/wp-content/uploads/2022/06/PATRONES-DE-VIOLENCIA-DIGITAL-V16-de-mayo-2022-1.pdf


[1] Guía metodológica para la aplicación del enfoque de seguridad humana en América Latina, IIDH – PNUD, San José de Costa Rica 2012. Consultado enLa-seguridad-humana-en-la-paz-total-1DESCARGA

FUENTE: https://indepaz.org.co/