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julio 27, 2021

‘JEP debe explorar el papel del poder judicial en falsos positivos, en Valledupar’


Sebastián Escobar, abogado del Colectivo José Alvear Restrepo y representante de víctimas, destaca que por primera vez una autoridad judicial en Colombia corrobora que hubo patrones en la comisión de este delito, en referencia a la imputación de la JEP a 15 militares del Batallón La Popa. Terceros civiles, aún quedan pendientes en esta el Cesar y La Guajira.

A través del auto 128 de 2021, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz imputó crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad a 15 miembros del Ejército que hicieron parte del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, con jurisdicción en el Cesar y sur de La Guajira, entre enero de 2002 y julio de 2005, en el marco del Caso 03, conocido como Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate o “falsos positivos”.

El pasado 14 de julio, se anunció que los militares fueron declarados los máximos responsables en el asesinato de 127 personas y la desaparición forzada de otras 120 más. Entre las conclusiones que entregó la Sala está la organización criminal que se conformó dentro de La Popa, que permitió que los “falsos positivos” se cometieran a gran escala y que, además, ayudó a ocultar cualquier tipo de práctica ilegal.

Los magistrados también concluyeron que los asesinatos se dieron con el apoyo de paramilitares del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia y contra de personas en estado de vulnerabilidad o indefensión. Quienes resultaron más afectados en esta región fueron los pueblos indígenas wiwa y kankuamo.

El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar) es una de las organizaciones defensoras de derechos humanos que representan a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales en la JEP. Esta organización también participó en tres de los cinco informes que la Sala de Reconocimiento recibió entre 2019 y 2020 para contrastar la información de estos crímenes en la región Caribe.

Estos informes fueron: Y volveremos a cantar, sobre la responsabilidad de la plana mayor de la Décima Brigada Blindada (a la que está adscrito el Batallón La Popa) y la Primera División del Ejército en 150 casos de ejecuciones extrajudiciales; La historia cierta del pueblo Wiwa y El deshonroso primer lugar, también sobre la plana mayor de la Primera División del Ejército cuando estaba comandada por el general Mario Montoya.

En entrevista con Colombia+20, Sebastián Escobar, abogado representante de familiares de las víctimas, habló destacó que las conclusiones del auto corroboran lo que organizaciones defensoras de derechos humanos han dicho sobre los patrones detrás de los “falsos positivos” en el país. También habló sobre nivel de rigurosidad en la información al que llegaron los magistrados de la Sala de Reconocimiento con esta imputación y lo importante de que se reconociera el nivel de afectación que tuvo ese crimen sobre los pueblos indígenas a nivel individual, colectivo y territorial.

¿Cuáles son sus impresiones sobre la imputación?

Lo primero que quiero destacar es que se trata de una decisión rigurosa. Lo segundo es una preocupación que tiene ver con el estándar que la propia Sala les ha dado a estos autos. En esta parte del proceso se da a entender que hay bases suficientes para imputar los hechos sin desvirtuar la presunción de inocencia. Pero cuando uno ve la decisión de la JEP hay un contraste de muchas fuentes, un trabajo muy riguroso. Entonces, si este es el estándar más sencillo, ¿qué está planeando la jurisdicción cuando lleguen a otras etapas procesales como la adversarial? Esta etapa es apenas la inicial. Se pone unos estándares muy altos de conocimiento de los hechos para lo que viene.

Por otro lado, sí veo que avanza en elementos que no habían sido desarrollados por la justicia ordinaria, como la caracterización de los patrones de conducta. Es la primera vez que una autoridad judicial constata que hay un patrón de muertes de personas presentadas como bajas en combates: que hubo una estructura criminal, que en la comandancia de Hernán Mejía hubo relaciones de connivencia con paramilitares y la Fuerza Pública, que detrás hubo presión por resultados y que tuvo consecuencias sobre los pueblos indígenas.

El Espectador en video:

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Había claramente una estigmatización contra los kankuamos y los wiwa por parte del Ejército y eso justamente provocó que fueran también víctimas de este de este fenómeno. Me parece que la Sala establece todas las afectaciones sobre estos pueblos, hasta a nivel territorial.

Sebastián Escobar, abogado del Colectivo José Alvear Restrepo y representante de víctimas.

Sebastián Escobar, abogado del Colectivo José Alvear Restrepo y representante de víctimas.Cortesía

¿Por qué fueron estigmatizados los indígenas?

Creemos que eso puede estar relacionado con la doctrina. Se puede ver cómo en varios manuales, como el JC3-10, que estaba vigente para la época de los hechos, se hacen alusiones estigmatizantes frente a la población que habita zona de conflicto armado, dentro de la cual estaban los indígenas. Eso fue generando cierta condiciones para percibir a la comunidad como un blanco que debía atacarse. Eso, de hecho, se dice también en las dos decisiones de la Jurisdicción y lo apreciamos como elemento transversal que explica la práctica. En el caso de La Popa, la motivación principal que encuentra la Sala es la de una lógica contrainsurgente, según la cual, los señalamientos de informantes era una razón para atentar contra la vida de estas personas.

¿La imputación recoge los hallazgos de los informes que entregaron y las observaciones que los abogados y víctimas hicieron a las versiones voluntarias de los militares?

Creo que, en general, se tuvo en cuenta la información aportada, especialmente, la que se hizo en los informes para ir consolidando el universo de víctimas. Las observaciones que hicimos son compatibles con los patrones que ilustra la Sala. Nosotros más o menos presentamos en las observaciones un fenómeno muy similar al que muestra el auto, de planeación, ejecución y encubrimiento de los “falsos positivos”.

En el informe Y volveremos a cantar recogen casos de “falsos positivos” cometidos entre 2002 a 2009 por el Batallón La Popa con otros comandantes, como Adolfo León Hernández. Sin embargo, la imputación solo se centró en un periodo de tres años. ¿Les preocupa el tiempo que le tome a la JEP llegar a otros periodos de las regiones priorizadas?

La Sala priorizó la temporalidad de 2002 a 2005 como para avanzar inicialmente con las comandancias de Hernán Mejía y Juan Carlos Figueroa, pero continúa con las versiones voluntarias de personas que formaron parte de La Popa en años siguientes. Incluso, ya se hizo la versión voluntaria de Adolfo León Hernández Martínez y de quien fue su oficial de operaciones mientras estuvo él al mando, entre otros militares de ese periodo.

En el Caso 03, la JEP definió su estrategia de investigación de abajo hacia arriba. Es decir, se centran primero en unidades tácticas y ahí van subiendo en la escala de mando. En la medida en la que avance con los batallones, luego irá avanzando en las brigadas y divisiones. Aunque creo que va a ser complejo y esperamos mayor celeridad.

Nosotros le planteamos a la Sala que no solamente haga esa investigación unidireccional de abajo hacia arriba, sino que tiene que llegar un momento en el que identifique que se puede seguir avanzando en esa misma dirección, pero contrastando con quienes tomaron las decisiones ya de carácter más estratégico y alto. En ese sentido, dar pasos y focalizarse en responsables a nivel división, a nivel de brigada y, por supuesto, en quienes también ejercieron la Comandancia del Ejército en los periodos más álgidos de este fenómeno criminal.

¿Se pudo corroborar con las versiones voluntarias lo que ustedes denunciaron en los informes?

La Sala hace un esfuerzo enorme y toma las versiones voluntarias como uno de sus insumos principales. A partir de ellas construye los hechos y patrones, pero lo más importante es que se contrasta con otras fuentes de información. Están nuestras observaciones, como ya contamos, pero también las que se hicieron en territorio con los pueblos indígenas. También hicieron actividades probatorias. La Sala cuenta con múltiples expedientes judiciales y se hicieron inspecciones al batallón, en las que pudo acceder a la documentación operacional de los hechos. Incluso, llamó a declarar a una persona que fungió como juez penal militar y un paramilitar de la región. En el caso de Publio Hernán Mejía, quien siempre ha defendido su inocencia, la magistratura dedicó un gran espacio sobre su responsabilidad, en la que explicó por qué su versión no era creíble y contrastó todas sus afirmaciones.

El 8 de septiembre de 2020, el Cajar fue una de las organizaciones que le solicitó a la JEP abrir un incidente de incumplimiento a Hernán Mejía, comandante de La Popa entre 2002 y 2003, por su falta de aporte a la verdad. ¿Sigue en pie esa petición luego de conocer la imputación?

Ese es un procedimiento sui géneris que se va decantando día a día por el procedimiento. Lo que nos respondió la Sala de Reconocimiento es que todavía no era el momento para valorar si Mejía estaba haciendo una contribución a la verdad. Ahora tiene dos vías: reconocer o no. Habrá que esperar cuál va a ser su posición. Pero lo que uno anticipa por lo que ha visto en medios o en redes es que no va a haber reconocimiento por parte de él. En el caso de Mejía hay evidencia abrumadora y decisiones de la justicia ordinaria. Ya la Sala tendrá que ponderar.

Ahora, añado un elemento particular en torno a su figura y es que, a lo largo de las jornadas del paro, a través de redes, ha hecho llamado a realizar crímenes o a justificarlos, lo cual me parece grave y desde mi punto de vista es un incumplimiento de las condiciones del Sistema Integral de paz.

La JEP también sostuvo que los grupos especiales Zarpazo y Trueno fueron determinantes para la comisión de las ejecuciones extrajudiciales. ¿Cuál era el fin de estos grupos?

Por directiva cada batallón debía contar con grupos especiales que se asemejaran operativa y estratégicamente a las brigadas móviles, es decir, que tuvieran mucha movilidad y que estuvieran siempre a disposición. Pero desde su creación siempre han estado orientados a la consecución de “bajas” y, particularmente, de muertes de personas que eran civiles y que fueron presentadas ilegítimamente como bajas en combate. No ocurrió única y exclusivamente en el Batallón La Popa, sino que también es una característica tanto del Batallón de Infantería Francisco de Paula Santander (Bisan) y la Brigada Móvil 15 del Ejército (en el Catatumbo).

Esos grupos tuvieron un rol desencadenante en el fenómeno porque estaban allí a total disponibilidad y también porque al ser pelotones especiales se esperaba de ellos un mayor número de resultados, porque técnicamente se debían enfocar en las operaciones ofensivas.

¿Qué tanto pesó el paramilitarismo en los “falsos positivos” de la región Caribe y qué otros terceros civiles pueden tener cabida en esta investigación?

Lo que se ve tan bien reflejado en esta decisión es el relacionamiento que hubo entre militares y paramilitares. Ese relacionamiento fue mucho más amplio y pudo involucrar a sectores políticos y económicos de la región, por el fenómeno de la parapolítica. Es ahí donde digo que para analizar la responsabilidad de terceros valdría la pena que a futuro la Sala, incluso por fuera del Caso 03, pudiera pensar en la responsabilidad tanto de integrantes de la fuerza pública como terceros civiles y entre ellos, otros funcionarios públicos, como políticos o incluso actores económicos. Creo que es importante explorar el papel de las entidades judiciales, particularmente de Valledupar, que es algo que medianamente se ha tocado.

En este auto no hay imputación a terceros civiles, como si lo fue en el caso de Catatumbo con los reclutadores. Aunque hubo el mismo patrón de reclutar personas de otras ciudades, con el Batallón La Popa no hubo como tal una articulación con privados, sino que eran los mismos militares quienes se iban hasta las ciudades a hacer las labores de reclutamiento.

¿Qué han hallado sobre el papel de las entidades judiciales?

Hay algunos elementos que valdría la pena profundizar. En uno de los patrones se identificó el hecho de que era los mismos militares quienes trasladaban los cuerpos de las víctimas y no se permitían hacer los primeros actos urgentes en cabeza de las autoridades judiciales. En el caso de Valledupar, se ha asegurado en las versiones que existió una cercanía entre la Fiscalía y funcionarios del CTI, exactamente, de la directora seccional con Publio Hernán Mejía.

¿Qué pasará ahora con las víctimas en esta nueva etapa?

Estamos en el proceso de socializar las decisiones. Ahora por la pandemia ha sido todo más complicado, sobre todo con las comunidades indígenas. Pero estamos en esa labor, junto con otras organizaciones, para presentar las observaciones en conjunto. Aquí puedo señalar que también el camino lo marcarán los comparecientes y la verdad que ofrezcan en la audiencia de reconocimiento de verdad y responsabilidad. Solo esperamos que las víctimas tengan un rol protagónico después.Recibe alertas desde Google News

FUENTE: EL ESPECTADOR


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