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noviembre 13, 2019

La Convención contra los derechos de la mujer


En este artículo analizaremos, de forma breve, un fragmento del discurso de André Amar, diputado de la Convención, en octubre de 1793 sobre los derechos de la mujer, y que, en realidad, aporta la justificación para que los revolucionarios franceses no reconocieran derecho político alguno a las mujeres, a pesar de su esfuerzo por la causa revolucionaria:

«¿Las mujeres deben ejercer los derechos políticos e inmiscuirse en los asuntos de gobierno? ¿Deben reunirse en asociaciones políticas? (…)

No, porque deberían sacrificar cuestiones más importantes a las que han sido llamadas por la naturaleza, fue la respuesta. Las funciones privadas a las que estarían destinadas las mujeres por naturaleza ayudaban a sostener el orden social. Y para el orden social era necesario que cada sexo se ocupara de aquello a lo que le estaba encomendado por lo que se consideraba naturaleza.

“¿Cuál es el carácter propio de la mujer? Las costumbres y la naturaleza le han señalado sus funciones: educar a los hijos, preparar el espíritu y el corazón de sus hijos para las tareas públicas, elevar sus almas, (…) Después del cuidado de las tareas de su casa, la mujer ha estado destinada a hacer amar la virtud entre los suyos. Es así como ellas sirven a la patria (…).

En general, las mujeres son poco capaces para las ideas elevadas y las meditaciones serias.»

La argumentación del diputado pasaba por establecer que la mujer tenía una naturaleza distinta y, por lo tanto, debía dedicarse a otras funciones, es decir, las relacionadas con el mundo privado frente a las funciones públicas que serían competencia de los hombres. El argumento era muy clásico y siguió siendo dominante después. Llama la atención el razonamiento de la costumbre, no tan propio de una época de fuerte influencia ilustrada, dado que este movimiento era muy contrario a las argumentaciones relacionadas con la tradición o la costumbre.

El final del texto es demoledor: las mujeres no tendrían capacidad para pensar.

En el libro de Bárbara Caine y Glenda Sluga, Género e Historia (200), se nos cuenta que Amar auspició la prohibición de los clubs de mujeres, que se habían creado y hasta proliferado en la Revolución. Era miembro del Comité de Seguridad Nacional. Estas autoras aluden a que Amar insistía en el derecho que tenían los ciudadanos a emprender negocios y actividades políticas seguros de que sus hogares e hijos estaban bien cuidados por sus esposas, algo imposible si estaban en reuniones políticas o en la Convención.

FUENTE: TRIBUNA FEMINISTA


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