Menú

Entérate

octubre 24, 2017

Se discute el proyecto de participación ciudadana


Ayer fue la audiencia pública en el Senado sobre el proyecto de ley que busca optimizar mecanismos como la revocatoria de mandato y la consulta popular.

La participación ciudadana atraviesa de norte a sur el Acuerdo de Paz firmado con las Farc. De hecho, su puesta en práctica, si se lee el texto con detenimiento, parece fundamental para la ejecución de varios de los puntos que se plantean, desde los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) hasta el papel determinante de las víctimas del conflicto en la definición de las acciones de reparación. Esto significa, incluso, que la voz de los ciudadanos sea tenida en cuenta en el momento de tomar decisiones tan puntuales como la implementación de planes nacionales de vías, infraestructura o servicios públicos.

(Lea: “Acuerdo de Paz, una política de Estado por 12 años”)

En el punto 2.2.5 del texto de La Habana se establece que desde el Gobierno se impulsará la creación y promoción de veedurías ciudadanas que permitan hacer el control de la implementación del Acuerdo, así como el fortalecimiento de los mecanismos de rendición de cuentas en los territorios, un proceso que prevé también la participación de las universidades del país. Toda una promesa para la apertura democrática en las regiones más afectadas por la guerra.

De esa manera llegó a audiencia pública en el Congreso el proyecto de ley estatutaria que pretende dictar disposiciones en materia de participación ciudadana, con modificaciones puntuales a las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, que son las que establecen las normas al respecto y dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática. En ese contexto, ¿qué contempla esta nueva iniciativa que llega al Legislativo? En primer lugar, hay modificaciones de forma, como determinar una fecha única para la votación de revocatorias del mandato, que la autoridad electoral deberá definir entre los meses 18 y 23 del período para el que fueron elegidos los mandatarios, y las garantías para la realización de campañas.

(Puede leer: “Los desacuerdos sobre el Acuerdo de Paz”)

Esto busca que haya tiempo para que los gobernantes puedan demostrar que han cumplido con las propuestas programáticas y el proceso no sirva como un mecanismo de saboteo a la gestión de los recién elegidos. “Es una reglamentación para que los alcaldes electos tengan la oportunidad de mostrar resultados y sólo en el segundo año se les pueda revocar el mandato. Hoy, no se han alcanzado a posesionar y ya se empiezan recoger firmas. Esto hará que la revocatoria sea más seria, menos costosa y se siga respetando el derecho ciudadano a la participación”, explica el senador ponente y autor del proyecto, Roy Barreras, de la U.

Se puede intuir que una fecha única de realización de las votaciones a revocatoria de mandato pueda traducirse en la garantía de los recursos para su ejecución, previendo que se convertirá automáticamente en un mecanismo de rendición de cuentas para todos los alcaldes. En los municipios en donde la población considere que se ha hecho una buena gestión, no se utilizará la revocatoria.

(Vea: “El amargo balance de la implementación”)

Por otra parte, también se busca crear una reglamentación a las consultas populares sobre proyectos de alto impacto en las comunidades, que no toca de ninguna manera la ya estipulada consulta previa obligatoria con poblaciones indígenas o afrodescendientes. Se contempla la realización de audiencias públicas y talleres de análisis para que los ciudadanos puedan depositar en las urnas un voto más informado y menos emocional, de manera que su resultado no tenga efectos negativos en el estímulo a la inversión extranjera, pero que se respete el reclamo ciudadano por la protección del medioambiente.

No queda de más decir que desde hace años se pide a gritos una reforma que logre mayor efectividad de los mecanismos de participación ciudadana, que para muchos han sido un saludo a la bandera desde la promulgación de la ley 134 de 1994, pues los procesos de revocatoria no prosperan al no alcanzar los umbrales mínimos de participación y las consultas populares, según algunos analistas, terminan por convertirse en talanqueras al desarrollo local.

FUENTE: EL ESPECTADOR


Más Noticias