febrero 25, 2026
Defensoría exige derribar barreras históricas que afectan el pleno goce de los derechos de las mujeres campesinas en Colombia

Cartagena de Indias (Bolívar), 25 de febrero de 2026 (@DefensoriaCol). En la II Conferencia Internacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural ICARRD+20, que se realiza en Cartagena, Bolívar, la Defensoría del Pueblo llamó la atención para que sea realizada una profunda revisión de programas, a fin de que respondan adecuadamente a condiciones particulares que enfrentan las mujeres en el campo colombiano.
La dignificación de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca también fue destacada por la entidad nacional de derechos humanos como una tarea que hoy adquiere mayor relevancia en la agenda pública. Esto resulta fundamental, pues ellas enfrentan persistentes desigualdades en el acceso a la tierra, la educación, la salud y la participación política.
Una oportunidad importante a tener en cuenta es la reforma legislativa lograda en la vigencia anterior, como la Ley 2462 de 2025, que consagra importantes medidas a su favor en materia de acceso a tierras, autonomía económica, crédito agropecuario, derecho a la educación y a una vida libre de violencias.
Sobre esto último, otro tema de la mayor importancia expuesto por la Defensoría tuvo que ver con el oscuro panorama derivado de las violencias basadas en género que enfrentan, ya que se constituyen en el principal obstáculo para gozar plenamente de sus derechos.
El primer nivel de estas violencias se produce en la esfera privada (el hogar), donde aún se dan relaciones patriarcales de dominio que alimentan una matriz cultural que asocia a las mujeres exclusivamente a labores del cuidado del hogar. Estas situaciones se refuerzan, entonces, por la perpetración de violencias económica, física, patrimonial y psicológica.
Déficit en acceso a la propiedad de la tierra
En Colombia, el déficit de acceso a la propiedad de la tierra sigue siendo el talón de Aquiles en la satisfacción de sus derechos económicos, sociales y culturales.
El 63,7 % de los predios de único propietario tiene a un hombre como titular, y el restante 36,3% a una mujer. El 72,1 % de la propiedad rural femenina corresponde a minifundios, de acuerdo con datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane (2019, citado en Dane y Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, 2022).
La democratización de la Reforma Agraria entre hombres y mujeres es, en consecuencia, una condición ineludible de la cual depende directamente la posibilidad de lograr la plena autonomía económica femenina en los contextos rurales.
En 2024, el 24,4 % de los hogares rurales con jefatura femenina registraron pobreza multidimensional, frente al 23,4 % de los hogares rurales con jefatura masculina, de acuerdo con datos del Dane.
En 2025, el 59,68 % de las víctimas de violencia con lesiones no fatales de causa externa en zonas rurales fueron mujeres (dato del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses).
Población femenina rural
Colombia cuenta con 10,2 millones de personas que se identifican como campesinas; de ellas, 4,9 millones son mujeres (el 48,8 % de ese grupo poblacional), de acuerdo con cifras del Dane. Las mujeres campesinas desempeñan un rol determinante en la agricultura y la economía rural, ya que lideran proyectos productivos y contribuyen a las labores de economía del cuidado.
Tanto las mujeres campesinas como las dedicadas a actividades de la pesca desempeñan un papel crucial en la economía campesina, familiar y comunitaria.
Financiación rural
Durante la vigencia 2025, solamente el 5,35 % del monto del crédito agropecuario fue dirigido a las mujeres y apenas el 3,54 % a aquellas en mayor vulnerabilidad socioeconómica (Finagro, 2026).
La realidad y los datos permiten concluir que el crédito agropecuario sigue estando concentrado en los sectores de mayor capacidad económica. Es decir, continúan los graves sesgos de género, en desmedro de la posibilidad del logro de la autonomía económica femenina.
Trabajo no remunerado y poca participación en la toma de decisiones
El 93,1 % de las mujeres que habitan en centros poblados y en zonas rurales dispersas, a partir de los diez años participan en trabajos no remunerados, mientras que, para el caso de los hombres, ocurre en el 56,9 % de los casos (Encuesta nacional de uso del tiempo, Dane 2021).
Solamente el 0,6% de las mujeres campesinas forma parte de un movimiento o partido político (Dane, 2023). Su participación política es clave en el fortalecimiento de la defensa de sus derechos y la promoción de políticas más inclusivas.
La invisibilidad de sus actividades no remuneradas, la ausencia de presencia estatal en el campo y la limitación en el acceso a ayudas son aspectos que dificultan su participación.
De este modo, la Defensoría del Pueblo enfatizó en que el cierre de las brechas de género en el campo debe concentrar la atención del Estado. Por esta razón, instó a los entes nacionales y territoriales a hacer realidad lo establecido en la Ley 2462 de 2025, que ordena garantizar la igualdad de derechos, el acceso a la tierra, vivienda, crédito, educación y participación política de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
FUENTE: https://www.defensoria.gov.co/












