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noviembre 17, 2023

Trabajadoras no pueden ser despedidas solo por tener endometriosis: Corte Constitucional


Al analizar el caso de una trabajadora, el alto tribunal estableció que, cuando la endometriosis es grave e incapacitante, se debe proteger laboralmente a mujeres, personas no binarias y hombres trans y, por ende, no pueden ser despedidos de sus trabajos, a menos que el Ministerio de Trabajo lo autorice.

En una sentencia que analizó el caso concreto de una trabajadora, la Corte Constitucional estableció que, cuando la endometriosis se vuelve una enfermedad grave e incapacitante, las mujeres, personas no binarias y hombres trans podrían tener fuero laboral. Lo que quiere decir que tienen una estabilidad reforzada y no podrían ser despedidas por razones de salud, a menos que el Ministerio de Trabajo dé un permiso para hacerlo.

De acuerdo con la sentencia T-448-2023, Denis llevaba tres meses trabajando como asesora contrata por la empresa Altillos Temporales S.A.S, cuando se vio obligada a empezar un procedimiento médico para tratar un tumor en uno de sus ovarios. Aunque al comienzo creyó que podía tratarse de cáncer, tras varios análisis la diagnosticaron con endometriosis.

La endometriosis es una enfermedad crónica y sin cura que afecta a una de cada 10 mujeres en el mundo. Unos 176 millones de pacientes sufren esta condición desde el momento en que empiezan a menstruar hasta la menopausia.

Su diagnóstico, en Colombia, como lo explicamos en este artículo, ha enfrentado varias barreras en el mundo médico, como la normalización del dolor menstrual. En el país no existe un registro del número de mujeres con endometriosis, pero la Asociación Colombiana de Endometriosis e Infertilidad (Asocoen) estima que hay 3,5 millones de diagnosticadas y hasta cinco millones que podrían estar sufriendo de síntomas, sin un diagnóstico certero.

Denis se operó y pidió una licencia no remunerada durante el tiempo que tardaría su recuperación. Pero, dos días antes de que iniciara esa licencia, la empresa le informó que su contrato había sido cancelado. Desde entonces, emprendió un camino legal hasta que su caso llegó a la Corte Constitucional. (Puede leer: Invima informa de escasez de importante dispositivo médico que podría afectar a pacientes)

Para este caso puntual, la Corte argumentó que “esta enfermedad puede afectar la posibilidad de trabajar y situar a las mujeres en un estado de debilidad manifiesta por los fuertes dolores que genera y las repercusiones que tiene en el sistema digestivo y reproductor”.

Pero, más allá de determinar que en el caso de Denis la endometriosis fue incapacitante, la Corte señala que su estado de salud le da una condición de “estabilidad reforzada”. Esto, básicamente, se traduce en que, más allá del contrato laboral que tenía, la empresa no podía despedirla, a menos que hubiese acudido al Ministerio de Trabajo y lograra probar las razones por las cuales debe ser despedida. En esa situación, el ministerio le debía entregar un permiso para autorizar esa medida.

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Pero esto no pasó con Denis, porque la empresa nunca consideró que su endometriosis fuera tan grave para que ella se ausentara o bajara el rendimiento en su trabajo. Por eso, lo primero que declara el alto tribunal es la ineficacia del despido de Denis. Luego, ordena a la empresa que en cinco días, si así lo desea Denis, se presente su reintegro laboral “a una posición donde ejerza funciones de igual o superior categoría a las que venía desempeñando antes de su desvinculación”.

En ese mismo lapso de tiempo, la empresa tendrá que pagar los salarios y prestaciones dejados de percibir desde la terminación del contrato y el valor de la indemnización de 180 días de salario. Además, le ordena al Ministerio de Trabajo que en un año “defina o formule una política sobre acceso y estabilidad en el empleo dirigida a empleadores que tenga como objetivo la investigación y definición de parámetros sobre el impacto de la endometriosis en el espacio laboral para mujeres, personas no binarias y hombres trans”.

Este último punto, explica la Corte, tiene como propósito incluir la información en la formación y divulgación con perspectiva de género sobre el impacto diferenciado de las enfermedades. La formación, por su parte, “deberá tratar sobre las protecciones legales y constitucionales que les asisten a estas personas cuando esas condiciones afectan su capacidad para trabajar, de tal manera que los empleadores sepan cómo actuar”.

Para los espacios pedagógicos se tendrá que abordar el caso de la endometriosis y su situación de invisibilización. Cabe recordar que en Colombia, en octubre de 2023, el presidente Petro sancionó la Ley de Endometriosis.

Esta ley tiene como propósito establecer protocolos para la detección oportuna y tratamiento de la endometriosis. Además, deberán garantizar en el país el acceso completo a “la detección, diagnóstico, estudios, control, tratamiento, medicamentos y terapias necesarias para el abordaje integral de la endometriosis, así como promover la concientización, orientación diagnóstica, prevención de complicaciones físicas, emocionales y sociales”.

Por su parte, el Ministerio de Salud deberá desarrollar e implementar una política pública para el abordaje integral de esta patología.

FUENTE: EL ESPECTADOR


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