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octubre 9, 2018

“Negarle a una mujer servicios de salud que solo ella necesita es discriminatorio”


Para Alejandra Cárdenas, directora regional de Women’s Link Worldwide en Colombia, existen avances legislativos que respaldan este tipo de derechos, pero la forma en que el sistema ofrece servicios de salud reproductiva aún sigue siendo violatoria de los derechos de las mujeres.

En entrevista con El Espectador, Alejandra Cárdenas, subdirectora del Centro de Derechos Reproductivos y directora regional de Women’s Link Worldwide, habló sobre el panorama que atraviesa el país en temas de derechos sexuales y reproductivos. Según Cárdenas, las mujeres colombianas aún enfrentan muchas barreras para acceder a este tipo de derechos y constantemente son víctimas de procedimientos que atentan contra su vida.

¿Cómo está Colombia en este momento en materia de derechos reproductivos?

Colombia se encuentra en un punto medio. En 2006 dio un paso muy importante con el reconocimiento del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en casos en que su vida o su salud esté en riesgo. Sin embargo, lo que sabemos es que en términos prácticos las mujeres enfrentan unas barreras muy duras para el acceso a ese derecho. Particularmente aquellas que viven fuera de Bogotá, pues en muy pocos lugares se presta el servicio tal y como lo dispone la ley. En términos de derechos reproductivos, la violencia obstétrica en Colombia es muy preocupante. Las mujeres, cuando van a dar a luz, reciben maltratos de manera frecuente y son objeto de prácticas que la Organización Mundial de la Salud ha pedido que no se utilicen o, en caso de ser necesario, se usen en casos excepcionales.

¿En Colombia se han impulsado iniciativas o proyectos que vayan en contra de la violencia obstétrica?

Creo que todavía es un movimiento naciente en Colombia y hace falta divulgar mucho más las historias y las investigaciones que se están haciendo para documentar este tipo de prácticas. Lo que sabemos es que es un fenómeno muy común y allí hay que dar un debate muy importante con los servicios de salud porque, como dije, se está privilegiando mucho la lógica de sacar pacientes rápido del hospital, más allá de estar pensando realmente en los derechos de la paciente.

¿Qué debates se deben plantear en el país con respecto al tema del aborto?

El primero tiene que ser si realmente hay acceso o no. Necesitamos que los sistemas de salud, los hospitales y las aseguradoras acaten la sentencia de la Corte Constitucional y la Superintendencia empiece a aplicar sanciones fuertes. No es posible que se incumplan prácticas que contribuyan al detrimento de los derechos de las mujeres sin que haya consecuencias.

¿Qué implicaciones tiene la tesis que va cogiendo fuerza en la Corte Constitucional con respecto a que el aborto solo se pueda practicar antes de la semana 22 de gestación?

El debate que está dando ahora la Corte Constitucional es muy peligroso. Esto de querer establecer límites a las etapas gestacionales en casos en que peligra la salud o la vida de la mujer embarazada es, básicamente, decir que llega un punto del embarazo en que no importan las graves consecuencias de mortalidad o morbilidad que pueda sufrir la mujer embarazada, así que se le obligará a continuar con el embarazo a pesar de que el Estado sabe que eso le puede ocasionar la muerte o un problema grave y permanente de salud.

Hay situaciones donde el derecho a la interrupción del embarazo es un derecho como tal que, para casos extremos como estos en los que peligra la vida o la salud de la mujer embarazada, no existen límites gestacionales, precisamente porque el Estado no puede imponerle una pena a la salud o la vida de una persona por el simple hecho de estar embarazada. Me parece muy peligroso que la Corte Constitucional esté tratando de imponerle límites a esos casos tan graves en los que sabemos que el feto no va a sobrevivir después del parto.

Con respecto a la fecundación in vitro, otro tema de derechos reproductivos, ¿cuál es la importancia de que este procedimiento pueda realizarse en Colombia libremente y no esté regulado por lo que decidan las EPS?

Aquí también estamos hablando de un tema de derechos humanos y un tema del ejercicio del derecho a la salud como un derecho fundamental. Eso quiere decir que esos servicios deberían estar clara e indiscutiblemente contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y no deberían estar a discreción de las aseguradoras. Ahora lo que hay que tener claro es que los servicios de reproducción asistida incluyendo la fertilización in vitro, deben prestarse a las personas que tienen un problema de fertilidad y, según la Organización Mundial de la Salud, la infertilidad es una enfermedad y una forma de discapacidad que cada vez se reconoce más.

Si tenemos esto en cuenta, el Estado tiene que prestar servicios de salud que correspondan y alivien las enfermedades y los problemas de discapacidad de sus ciudadanos, y la fertilidad es uno de ellos. Los Estados tienen la obligación de garantizar acceso a las personas que tiene infertilidad a técnicas de reproducción asistida, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, y si miramos la región (Suramérica) los países que suelen estar más en la avanzada en reconocimiento de derechos ya han establecido dentro de sus sistemas de salud que se garantice el acceso a la técnica de reproducción asistida, incluyendo la fertilización in vitro. Es hacia allá hacia donde tendríamos que movernos y no a un retroceso y mucho menos dejarlo al criterio de las aseguradoras que, por supuesto, van a velar por sus intereses financieros y no necesariamente van a pensar en proporcionar un servicio de salud a una persona que está en condiciones de discapacidad como lo es la infertilidad.

¿Qué piensa de las decisiones que está tomando la Corte Constitucional con respecto a los temas de derechos reproductivos?

Estamos viendo una Corte Constitucional que está empezando a dar pasos completamente retrógrados, que está quitando derechos y empieza a acercarse más a los tipos de análisis que se daban antes de la Constitución del 91, que a los análisis que daría una Corte que se ha dado a conocer por su sofisticación y su alto respeto por los derechos humanos. Es sumamente preocupante ver que ese es el tipo de Corte Constitucional con la que estamos contando hoy en día.

En comparación con otros países de América Latina, ¿que balance tiene Colombia con respecto a los derechos reproductivos?

Si lo comparamos con América Central, digamos que Colombia está bastante bien porque en América Central todavía tenemos muchos países donde la criminalización y la persecución a las mujeres es muy fuerte. Incluso hay casos en los que terminan encarcelándolas por haber tenido una emergencia obstétrica o una hemorragia completamente normal como parte de la vida reproductiva de una mujer. Pero si nos comparamos con otras regiones del mundo en términos de acceso, políticas públicas y acceso a derechos reproductivos, en Colombia estamos muy atrasados y tenemos mucho que hacer.

¿Incumplir con este tipo de derechos se podría considerar como un acto de discriminación y abuso en contra de la mujer?

Totalmente, ya se ha reconocido por las altas cortes y por organismos internacionales de derechos humanos. Negarle a una mujer servicios de salud que solo ella necesita por su condición de mujer, como son servicios de salud reproductiva, es discriminatorio.

No hay un servicio de salud que los hombres necesiten que les sea negado o les sea restringido de una manera tan alta como los servicios de salud que solo las mujeres necesitamos y eso en sí mismo es discriminatorio. Un hombre jamás atraviesa una circunstancia en la que el Estado lo obligue a jugarse su salud para imponerle una condición en su vida sexual o reproductiva. Eso solo nos pasa a las mujeres.

FUENTE: EL ESPECTADOR


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