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enero 30, 2026

Presidente Petro firma ley con la que Colombia reconoce y protege a las mujeres buscadoras


El presidente Gustavo Petro firmó la Ley de Mujeres

Con la reglamentación de la Ley 2364 de 2024, el Estado reconoce a las mujeres buscadoras como sujetos de especial protección constitucional y como constructoras de paz, estableciendo medidas concretas para garantizarles una vida digna. Entre los principales beneficios se encuentran el acceso prioritario a vivienda, seguridad social, educación, atención médica integral y acompañamiento psicosocial, así como acciones de prevención y protección frente a las violencias y riesgos que enfrentan por su labor.

La ley, reglamentada mediante el Decreto 0063 del 26 de enero de 2026, desarrolla lo dispuesto en la Ley 2364 de 2024 y establece un marco institucional que obliga a todas las entidades del Estado, en los niveles nacional, departamental y municipal, a coordinar acciones para garantizar los derechos de estas mujeres. El decreto enfatiza principios como la dignidad humana, la no revictimización, la participación efectiva, el enfoque de género y el respeto por la diversidad étnica, cultural y territorial.Buscadoras, una norma histórica que reconoce de manera integral la labor de las mujeres que, en medio del conflicto armado y la violencia, han dedicado su vida a buscar a personas desaparecidas en Colombia.

Uno de los avances más significativos es la creación del Registro Único de Mujeres Buscadoras (RUMB), que permitirá identificar y caracterizar a las mujeres que realizan labores de búsqueda de manera individual o colectiva, sin que sea obligatorio un vínculo consanguíneo con la persona desaparecida. Este registro facilitará el acceso a programas sociales, medidas de protección y acciones de reparación integral para ellas y sus núcleos familiares.

Asimismo, la normativa también reconoce el impacto diferenciado que la desaparición forzada ha tenido sobre las mujeres, quienes han enfrentado consecuencias emocionales, psicológicas, sociales y económicas, además de estigmatización, amenazas y persecución por parte de actores armados. En respuesta, el Estado deberá garantizar atención psicosocial y psicoespiritual, así como medidas de seguridad humana que protejan su vida, su integridad y su buen nombre.

Asimismo, la ley se articula con el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, reafirmando el deber del Estado de garantizar la verdad, la justicia y la reparación a las víctimas, en concordancia con los estándares internacionales en derechos humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

FUENTE: RADIONACIONAL


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