diciembre 19, 2025
Invima prohibió elementos muy usados por mujeres y salones de belleza en Colombia

Se trata de dos ingredientes que se utilizan en esmaltes semipermanentes y que provocan reacciones desfavorables, por lo que fabricantes deben ajustar fórmulas.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) confirmó la prohibición de dos componentes utilizados en esmaltes semipermanentes que circulan en Colombia, decisión que empezó a regir desde mediados de diciembre de 2025 y que aplica también para otros países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
La medida quedó establecida en la Resolución 2548 de 2025, aprobada por la CAN, la cual restringe el uso de los compuestos Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT) en productos cosméticos. La determinación se sustentó en evaluaciones técnicas y toxicológicas basadas en evidencia científica internacional, según recogió Caracol Radio.
De acuerdo con el Invima, estos químicos se emplean como fotoiniciadores y acelerantes en esmaltes que requieren curado con luz ultravioleta o LED, de acuerdo con la emisora. Los análisis advierten que la exposición reiterada puede representar riesgos para la salud humana, especialmente en contextos de uso frecuente como salones de belleza.
¿Qué pasará con la fabricación de Esmaltes semipermanentes en Colombia?
El estudio técnico que respaldó la prohibición fue presentado el 5 de noviembre de 2025 por el Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias. El documento concluyó que existen indicios suficientes sobre posibles efectos adversos, entre ellos toxicidad reproductiva, sensibilización cutánea y riesgos carcinogénicos.
La normativa establece un plazo máximo de 60 días, contados desde su publicación el 15 de diciembre de 2025 en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, para que fabricantes y distribuidores retiren del mercado los productos que contengan estos ingredientes.
Esta decisión impacta directamente a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos de belleza, que deberán ajustar las formulaciones de esmaltes semipermanentes con el fin de cumplir las nuevas exigencias sanitarias orientadas a la protección de la salud pública.












