Inició discusión Ponencia REFORMA POLÍTICA Y ELECTORAL. PL 12/17C.
Incluye:
- La equidad de género seguirá siendo uno de los principios de los Partidos Políticos.
“Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos”. (Artículo 3, Reforma inciso 3 art. 107 CP)
- Arquitectura Institucional:
Tanto los 3 seleccionados por convocatoria pública por el Presidente de la República como los 3 por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado y los 3 del Congreso de la República (Artículo 17, Reforma art. 264 CP)equidad de género. La elección de los miembros del Consejo Electoral Colombiano, garantizará los principios de transparencia, publicidad y
- Incentivo por Mujeres Candidatas reinvertido en el Financiamiento de sus Campañas. El 60% de los anticipos … se distribuirá así:
“ 10% proporcionalmente al número de mujeres inscritas como candidatas en cada lista; y, 10% proporcionalmente al número de jóvenes inscritos”. (Artículo 5, Reforma art. 109 CP)
“Los partidos y movimientos políticos deberán asignar de manera preponderante los anticipos destinados en favor de mujeres y jóvenes para las campañas de estos”. (Artículo 5, Reforma art. 109 CP)
- Incentivo por Mujeres Electas en el Financiamiento a Partidos. Se conserva la distribución de recursos según el número de mujeres y jóvenes electas.
“El cinco (5%), se distribuirá entre todos los partidos en proporción al número de mujeres elegidas en las corporaciones públicas. Otro cinco (5%), según el número de jóvenes elegidos.
|